Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando las entradas con la etiqueta compras

¿Puedo ir a la cárcel por deudas?

Muchas veces adquirimos compromisos económicos tanto en instituciones financieras, casas comerciales o de manera personal, de pronto las cosas no salen como esperábamos, nos despidieron del trabajo, tuvimos un gasto imprevisto o cualquiera que sea la razón, pero nos lleva a un "descuadre" en nuestras finanzas y no podemos cumplir con dichos pagos, esto nos pasa a todos alguna vez. Instituciones del sistema financiero y algunas casas comerciales presionan a través de su departamento jurídico o de cobranzas para la recuperación de valores, pero nos asustamos y no sabemos que hacer y se nos cruza por la cabeza que podemos ir a la cárcel sino pagamos. Si bien es cierto, debemos cumplir a cabalidad los acuerdos y compromisos que hemos adquirido, aunque la situación sea adversa, debemos hacer algunos ajustes en nuestro presupuesto o buscar la manera de generar mas ingresos, la constitución del Ecuador protege a las personas en estos casos, con la prohibición de que ninguna persona...

Lo que debes saber sobre el Bono Navideño de Diciembre

El tiempo pasa muy rápido, y cuando nos damos cuenta ya estamos a vísperas de otra navidad, época de mucho comercio en el mundo. Quienes son dependientes laborales ya sea en lo público o privado, toman en cuenta el “bono navideño” que la empresa en la que laboran tiene la obligación, por ley, de pagar. En Ecuador el código de trabajo se refiere a esto como las REMUNERACIONES ADICIONALES, en su artículo 111 cita: “Art. 111.- Derecho a la décima tercera remuneración o bono navideño.- Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen mensualmente, la parte proporcional a la doceava parte de las remuneraciones que perciban durante el año calendario.” Desde el año 2015 en Ecuador se establece que los empleadores pagaran de forma mensual el valor de su décimo tercer sueldo, y los trabajadores que desearen acumularlo debían presentar su solicitud por escrito al empleador los primeros 15 días del mes de Enero. En caso de no hacerlo se entendía que aceptaban recibir ...